Libertad de Expresión

Libertad de Expresión
La primera vez que se celebró en el país fue un 7 de junio de 1951.

Artículo 6o. (primer párrafo) de la Constitución mexicana: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.

El primer párrafo del artículo 7o. de la Constitución federal establece que “ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta”; esto es, la prohibición de la censura previa implica que el Estado no puede someter las actividades expresivas o comunicativas de los particulares a la necesidad de solicitar previamente un permiso a la autoridad que, por razones de contenido, tenga el poder de impedir su desarrollo. Sin embargo, la prohibición de la censura no significa que la libertad de expresión no tenga límites, o que el legislador no esté legitimado para emitir normas sobre el modo de su ejercicio. Lo anterior significa que estos límites no pueden hacerse valer mediante un mecanismo por el cual una autoridad excluya sin más la entrada de un determinado mensaje al debate público por estar en desacuerdo con su contenido, sino a través de la atribución de responsabilidades —civiles, penales, administrativas— posteriores a la difusión del mensaje; además, el indicado artículo 7o. constitucional evidencia con claridad la intención de contener dentro de parámetros estrictos las limitaciones a la libertad de expresión al establecer que ésta “... no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública.

El proyecto legislativo para regular redes sociales que propuso el líder de la mayoría en el Senado mexicano, Ricardo Monreal, podría limitar gravemente la libertad de expresión en México, señaló Human Rights Watch en Washington D.C. El proyecto exigiría a las empresas censurar categorías amplísimas de contenidos en línea, lo cual contraviene las normas internacionales actualmente en vigencia.

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